La condena al acoso digital por cualquier medio se aplico en el Juzgado de Familia y Sucesiones del Centro Judicial Monteros, a cargo de la doctora Mariana Rey Galindo. La magistrada «aplicó en una medida de protección de persona la Ley Olimpia sobre violencia digital».
La ley que se publicó en el Boletín Oficial el pasado 23 de octubre del 2023 da a conocer todas las nuevas modificaciones que se incorporaron a «los derechos y bienes digitales de las mujeres, así como su desenvolvimiento y permanencia en el espacio digital».
Cabe señalar que en el articulo 4 de la mencionada legislación se precisa esta norma: «Definición. Se entiende por violencia contra las mujeres toda conducta, por acción u omisión, basada en razones de género, que, de manera directa o indirecta, tanto en el ámbito público como en el privado, en el espacio analógico digital, basada en una relación desigual de poder, afecte su vida, libertad, dignidad, integridad física, psicológica, sexual, económica o patrimonial, participación política, como así también su seguridad personal. Quedan comprendidas las perpetradas desde el Estado o por sus agentes.
Se considera violencia indirecta, a los efectos de la presente ley, toda conducta, acción, omisión, disposición, criterio o práctica discriminatoria que ponga a la mujer en desventaja con respecto al varón».
Esta es la ley publicada en el Boletín Oficial de la Nación.
Ley 27736
Ley Nº 26.485. Modificación. Ingrese aquí.