El juez federal Nº 1, Daniel Bejas, resolvió no hacer lugar a una medida cautelar presentada por los apoderados de la lista «Adiunt en lucha», Diego Toscano y Walter Díaz, en contra de una resolución dictada por la Junta Electoral (JEUNT) respecto a las elecciones de renovación del Consejo Directivo de la Acción Social de la Universidad Nacional de Tucumán (ASUNT).
El 19 de octubre, la JEUNT dictó la Resolución Nº 57 que dispuso «dar de baja la oficialización de la lista ‘Adiunt en lucha'», tras confirmar la presencia de «grafías y firmas apócrifas».
En dicha Resolución, la JEUNT citó las obligaciones que emanan del Régimen Electoral de la UNT, respecto a la presentación de candidatos que establece el artículo 56: «En las elecciones por lista de candidatos, por cada candidato titular deberá incluirse por lo menos, un (1) suplente, admitiéndose hasta un máximo de dos (2) suplentes, y siendo clara e indubitada la falsedad de las firmas de los candidatos que que integran la lista (‘Adiunt en lucha’) lo cual lleva a concluir que no hay integridad de lista, por no contar con tres candidatos titulares y sus respectivos suplentes».
Posterior a ello, los apoderados de la lista «Adiunt en lucha» solicitaron a la Justicia que se ordene suspender el trámite de las elecciones y que se abstengan de realizar cualquier proclamación de autoridades hasta tanto se dicte sentencia de fondo.
Sin embargo el juez federal consideró que «no se viabiliza en autos el requisito de verosimilitud del derecho al no configurarse una conducta antijurídica base de la pretensión articulada».
Por tal motivo, resolvió: «no hacer lugar a la medida cautelar innovativa solicitada por Diego Toscano y Walter Díaz».