El juez Raúl Horacio Ojeda, del Juzgado Nacional del Trabajo N.º 63, hizo lugar a una cautelar presentada por la CGT y dejó en suspenso parte central de la Ley 27.802. La medida es provisoria y el Gobierno puede apelar mientras se discute el fondo del caso.
La Justicia laboral dictó este lunes un freno parcial a la nueva reforma laboral al suspender 82 artículos de la Ley 27.802, la norma de modernización laboral sancionada por el Congreso y publicada este mes. La resolución fue firmada por el juez Raúl Horacio Ojeda a partir de una medida cautelar innovativa promovida por la Confederación General del Trabajo (CGT) contra el Estado nacional. Hasta que se resuelva el fondo del expediente, los artículos cuestionados quedan sin aplicación.
Entre los puntos alcanzados por la cautelar figuran cambios sobre indemnizaciones, período de prueba, tercerización, vacaciones, jornada laboral, negociación colectiva, tutela sindical, derecho de huelga, teletrabajo y la puesta en marcha del Fondo de Asistencia Laboral (FAL). También quedaron bajo suspensión disposiciones que modificaban la competencia judicial en causas laborales cuando el Estado nacional fuera parte.
La ley ahora parcialmente suspendida había sido sancionada el 27 de febrero de 2026 y publicada en el Boletín Oficial el 6 de marzo. Según el texto oficial, la Ley 27.802 introdujo modificaciones o complementos sobre 38 normas del régimen laboral argentino, lo que explica el alcance del conflicto judicial abierto tras su entrada en vigencia.
Con esta decisión, el expediente seguirá su trámite judicial mientras se analiza la constitucionalidad de fondo de los artículos cuestionados. La resolución ordenó además la inscripción del caso en el Registro Público de Procesos Colectivos y corrió nuevo traslado al Estado nacional.



