Este jueves concluyó en la Sala 16 de los Tribunales Penales de Tucumán el juicio contra Juan Armando Jerez, de 28 años, acusado del homicidio triplemente agravado por el vínculo, por femicidio y por el uso de arma de fuego, en perjuicio de Camila del Carmen Fernández, de 25 años. El hecho ocurrió el 5 de octubre de 2024, en un domicilio del barrio Ampliación Eva Perón, en la ciudad de Tafí Viejo.
El tribunal integrado por las juezas Alejandra Balcázar, Isabel Méndez e Isolina Apas resolvió por unanimidad imponer la pena de prisión perpetua, dando lugar a la pretensión punitiva presentada por el fiscal de la Unidad Especializada en Homicidios I del Ministerio Fiscal, Pedro Gallo, quien llevó adelante la acusación junto a la investigadora Sofía Medina.
Durante el debate oral, el fiscal sostuvo que la teoría del caso quedó plenamente acreditada con las pruebas reunidas, las pericias científicas y la propia declaración del acusado. Según la investigación, Jerez mantuvo una relación caracterizada por la violencia de género y una asimetría de poder sobre la víctima. En ese contexto, el 5 de octubre, le disparó con un arma de fuego provocándole la muerte de manera intencional.
Antes de la lectura del veredicto, se escucharon las palabras finales del acusado. “Más que nada quiero pedir perdón a toda su familia por lo ocurrido. Estoy arrepentido y no fue mi intención hacerle daño. Fue un accidente”, expresó Jerez, quien permaneció prófugo durante dos días tras el crimen.
Por su parte, la hermana de Camila Fernández manifestó ante el tribunal: “Dejó una familia destrozada y un nene de 10 años. Lo único que quiero es que se haga Justicia y que haya una condena ejemplar para el país y para nuestra provincia. Le quitaron la vida de una manera injusta. Era una excelente mujer, mamá e hija”.
En su alegato de clausura, el fiscal Gallo destacó: “Jerez causó la muerte de Camila disparándole con un arma de fuego. La violencia de género es relevante en este caso y ha quedado acreditada. Existía una relación de control por parte del imputado hacia la víctima, y fue en ese contexto que le provocó la muerte”.
El Equipo Científico de Investigaciones Fiscales (ECIF) determinó que el revólver calibre .38 utilizado en el hecho se encontraba en perfecto funcionamiento y que el disparo fue realizado a una distancia de aproximadamente 10 centímetros, confirmando la intencionalidad del ataque.
De acuerdo con la reconstrucción judicial, la noche del crimen, alrededor de las 20:15, Jerez se encontraba con su pareja en el domicilio del pasaje Las Rosas, entre Thames y Roca, en Tafí Viejo. En ese contexto, y “valiéndose de la situación de sometimiento y vulnerabilidad de la víctima”, le disparó en el rostro, causándole un traumatismo encéfalo craneano por proyectil de arma de fuego que le provocó la muerte inmediata. Tras el ataque, el agresor se dio a la fuga.
Finalmente, las magistradas resolvieron mantener la prisión preventiva de Jerez por seis meses más, hasta que la condena quede firme. La sentencia constituye un nuevo fallo dentro de los casos de violencia de género en Tucumán, en los que la Justicia aplica penas máximas frente a hechos de extrema gravedad.