Tucumán

03/03/2026
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San Miguel de Tucumán

Te contamos los requisitos que deben cumplir los comercios alimenticios y gastronómicos para evitar penalidades

La Dirección de Bromatología municipal recordó las condiciones de higiene que deben cumplir los locales y cuáles son las normas específicas vigentes y exigibles para cada sector. Cómo identificar a los inspectores municipales que estén en funciones.

La Municipalidad de San Miguel de Tucumán, a través de su Dirección de Bromatología (ex Dicab), realiza inspecciones periódicamente para garantizar que los comercios de los rubros alimenticio y gastronómico cumplan con las reglas de salubridad e higiene establecidas en las ordenanzas vigentes.

Desde la repartición, que depende de la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable que encabeza Julieta Migliavacca, aclararon que desde el lunes 22 de enero los agentes municipales que cumplen función de inspectores deberán exhibir, ante los propietarios o encargados de los locales, la nueva credencial con todos sus datos. La misma contará con un código de seguridad QR para validar su identidad.

Raúl Durán, director de Bromatología municipal, informó que “todas las órdenes de trabajo de inspección estarán numeradas y refrendadas” por la repartición a su cargo. Y remarcó que “ningún inspector debe solicitar dinero o dádivas de ningún tipo por la visita”.

El funcionario recordó a la comunidad y a los titulares de los negocios que, al momento de la inspección, la documentación obligatoria requerida a los comercios es la siguiente:

  • Habilitación Municipal del Negocio- Ordenanza N° 2.572/97.
  • Carnet de Sanidad vigente para todo el personal que manipula alimentos y atiende al público – Decreto N° 102/SPM/76.
  • Certificado de Desinfección – Ordenanza N° 2.681/98.
  • Libro de actas de inspecciones – Ordenanza N° 2457/96.

Si al momento de la inspección el comercio no contara con la totalidad de la documentación mencionada, el inspector notificará por escrito al propietario para que se presente personalmente en la sede de la Dirección de Bromatología (Alberdi 230) en un plazo de 48 horas hábiles a fines de presentar un plan de regularización. La repartición atiende de lunes a viernes, de 8 a 13 h y de 14 a 18 h.

Requerimientos bromatológicos

Luego de controlar que el local cuente con documentación obligatoria, el inspector procederá a realizar una inspección bromatológica para supervisar los aspectos edilicios, la higiene, el orden y la presentación e indumentaria del personal.

Vale aclarar que algunos requerimientos son específicos para cada rubro. A continuación, se mencionan algunas de las ordenanzas municipales vigentes que tienen mayor relevancia:  

  • Carnicería – Ordenanza N° 558/80.
  • Transporte de Productos Alimenticios – Ordenanza N° 97/84.
  • Gastronomía – Ordenanza N° 436/79.
  • Panadería – Ordenanzas N° 142/77 y N° 3155/01.

Para interiorizarse sobre los alcances de cada una de las normativas vigentes, los interesados pueden acceder al Digesto Municipal .

Por otra parte, con el fin de facilitar el contacto a quienes deseen informar sobre eventuales inconvenientes durante las inspecciones de Bromatología, la próxima semana la Secretaría de Atención Ciudadana habilitará una línea directa para realizar pedidos con mensajes de texto a través de la plataforma WhatsApp.

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