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04/03/2026
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San Miguel de Tucumán

Secuestran vehículos que no cumplen con el aislamiento preventivo obligatorio

En el marco de los operativos que realiza la Policía de Tucumán para garantizar el cumplimiento de la cuarentena obligatoria, desde este viernes se intensificaron los controles vehiculares a fin de detectar a quienes transgreden la prohibición de desplazarse por rutas, vías y espacios públicos, establecida en el decreto presidencial para prevenir la circulación y el contagio del virus COVID-19.

“En los diferentes y constantes controles policiales supervisados por el SubJefe Rolando Gómez, se está disponiendo la inmediata detención de los vehículos que circulen en infracción a lo dispuesto en el decreto presidencial y se procede a su retención preventiva a fin de evitar el desplazamiento de los mismos, para salvaguardar la salud pública y evitar la propagación del virus”, explicó el Sub director de la Dirección General de Prevención Ciudadana, Jorge Mastafá, mientras supervisaba uno de los puestos de control dispuesto este viernes en la zona de la Plazoleta Dorrego.

Una vez que son retenidos, los vehículos se trasladan hacia el Palacio de Los Deportes, ubicado en el Parque 9 de Julio, donde personal de la Dirección de Seguridad Vial se encarga de realizar el registro en libros de Actas, habilitados legalmente.

En tanto, los conductores, es decir, los ciudadanos que no cumplieron con la cuarentena total, son aprehendidos y puestos a disposición de la Justicia provincial en el marco de los artículos 205 y 239 del Código Procesal Penal.

Quiénes pueden circular:

Están exceptuadas del cumplimiento del aislamiento social, preventivo y obligatorio y de la prohibición de circular en vehículos, las personas afectadas a las actividades y servicios declarados esenciales en la emergencia sanitaria, como ser:

  • Personal de Salud (médicos, enfermeras, etc)
  • Efectivos de las Fuerzas de seguridad, Fuerzas Armadas, bomberos
  • Autoridades superiores de los gobiernos nacional, provincial y municipal
  • Trabajadores y trabajadoras del sector público nacional, provincial, municipal, convocados para garantizar actividades esenciales requeridas por las respectivas autoridades
  • Personal de los servicios de Justicia de turno
  • Personas que deban asistir a otras con discapacidad o a familiares que necesiten asistencia: personas mayores, niños, niñas y adolescentes
  • Personal que trabaja en supermercados mayoristas y minoristas y comercios minoristas de proximidad como
  • Farmacias. Ferreterías. Veterinarias
  • Personal de Industrias de alimentación, su cadena productiva e insumos; de higiene personal y limpieza; de equipamiento médico, medicamentos, vacunas y otros insumos sanitarios
  • Trabajadores de prensa y de las áreas de telecomunicaciones, internet fija y móvil y servicios digitales
  • Los trabajadores de la recolección, transporte y tratamiento de residuos sólidos urbanos, peligrosos y patogénicos
  • Quienes trabajan en el mantenimiento de los servicios básicos (agua, electricidad, gas, comunicaciones, etc.) y atención de emergencias
  • Quienes trabajan para el transporte público de pasajeros, transporte de mercaderías, petróleo, combustibles y GLP
  • Los trabajadores del reparto a domicilio de alimentos, medicamentos, productos de higiene, de limpieza y otros insumos de necesidad
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