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25/12/2024
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Yerba Buena: se solicitó la apertura de algunos comercios minoristas

El intendente del municipio, Mariano Campero, solicitó autorización al Ministerio del Interior de la provincia que permita algunas actividades importantes para la ciudad, como algunos comercios minoristas, profesionales o técnicos a domicilio, siempre y cuando se cumplan con determinados protocolos de seguridad e higiene.

Campero hizo la solicitud con el objetivo de minimizar el impacto económico que esta pandemia está causando en distintos sectores de la sociedad. “Queremos ayudar para que los pequeños comerciantes y prestadores de servicios unipersonales puedan cubrir parte del costo fijo que tienen todos los meses”, agregó.

Una de las obligaciones que deberán tener los vecinos y comerciantes de la ciudad es el uso de tapabocas, y sólo podrán circular los días que tienen permitido, según la terminación de las patentes de los vehículos.

“Tenemos la obligación moral de considerar la posibilidad de reincorporar a la vida económica a los pequeños comercios, profesiones y oficios con las limitaciones y exigencias que la situación impone”, aseguró Campero.

En este sentido, el municipio promueve la apertura paulatina de comercios minoristas, servicios profesionales y oficios y servicios varios.

Protocolos para las actividades

Para el comercio minorista proponemos la apertura de los negocios no alcanzados por las excepciones vigentes, partiendo de la consideración de que muchos de ellos no pueden ser prestados mediante la modalidad electrónica. Ejemplos de este sector son mercerías, venta de celulares y accesorios, venta y servicios técnicos electrónicos y/o eléctricos, venta de repuestos de automotores y motos, zapateros, etc.

En el segundo grupo se encuentran los servicios profesionales que no pueden ser prestados sin la presencia del paciente o cliente, tales como servicios médicos, psicológicos, terapéuticos, etc. Incluimos en este grupo también a peluquerías y salones de belleza.

En el tercer grupo consignamos a los oficios individuales, los cuales no pueden ser prestados a distancia y que resultan necesarios para atender necesidades en muchos casos apremiantes, tales como plomeros, gasistas, electricistas, cerrajeros, mantenimiento de piscinas, jardineros, carpinteros, herreros.

Por último, se presentó también un protocolo enviado por la Asociación Tucumana de Tenis y por otros profesores e instructores de deportes, que solicitan la habilitación de clases individuales, sujetas a las pautas y restricciones allí consignadas para habilitar la práctica de ciertas disciplinas en no representen riesgo ni aglomeración y que estén supervisadas por un profesor o instructor, tales como el tenis, golf o clases particulares de gimnasia, atendiendo principalmente a las necesidades de trabajo de gran cantidad de personas que tienen como su única fuente de ingreso la instrucción de estos deportes, en nuestro municipio.

“Entendemos necesario ejecutar acciones tendientes a posibilitar ciertas actividades que se han visto seriamente afectadas por las medidas dispuestas, teniendo en cuenta su carácter unipersonal, la falta de ingresos, la incidencia de alquileres y costos y eventualmente el sostenimiento de personal a su cargo, todo en el marco de estrictas medidas de seguridad e higiene que no desvirtúen ni pongan en riesgo el cumplimiento de las medidas de prevención vigentes”, solicitó Campero.

Anexos

I. Comercio Minorista

El protocolo para la habilitación del sector comercial minorista y para los centros médicos de Yerba Buena son para garantiza la salud y la seguridad del personal y de los clientes.

Lo primero que se deberá tener en cuenta es el control de accesos.

• Sector Exterior: Sector externo al establecimiento comercial donde confluyen grupos humanos.

Dentro de la zona exterior las medidas a tomar serán las siguientes:

1) Desde la puerta de acceso se deberá formar fila, respetando 1,5 metros de distancia entre personas.
2) Las distancias serán delimitadas en el piso por el comercio con la forma que el mismo establezca. Éstas deberán respetar los límites de la fachada del comercio.
3) Se dará prioridad de ingreso a embrazadas, personas con discapacidad y adultos mayores.
4) No podrá ubicarse ni permanecer en este sector quien no cuente con protección naso bucal.

• Zona de control: Considerada una zona de amortiguación entre la zona exterior y la zona de atención.

Al situarse personal/clientes en esta zona se controlará y cumplirá con lo siguiente:

1) Dividir la zona de ingreso y egreso. Señalizar con cintas adhesivas u otro método
2) Se recomienda la atención desde la puerta del establecimiento, en la medida en que ésta fuera posible.
3) En caso de ser imprescindible el ingreso, sólo podrá ingresar una persona por vez, salvo que sea imprescindible el ingreso con niños o personas mayores que requieran asistencia.
4) Se colocarán 2 trapos de piso con lavandina diluida en agua:
● El primero será colocado del lado de afuera de la puerta de acceso al local. Quien ingrese deberá realizar la limpieza de los pies en el mismo.
● El segundo, estará dentro del local. Nuevamente se deberá realizar la limpieza de pies y al mismo tiempo se proveerá de alcohol en gel que deberá estar en contacto con las manos como mínimo 20 segundos.

Los trapos de piso con lavandina se lavarán en promedio cada 8 a 10 clientes de transito continuo o cada 2 horas.

5) Los clientes no podrán tocar la puerta de ingreso.
6) Se deberá limpiar las superficies con agua y lavandina luego de cada atención-
7) Solo podrán ingresar aquellas personas que cuenten con protección naso bucal.
8) Se recomienda no asistir con niños.

• Zona de Atención: Espacio exclusivo del personal que presta servicio en el comercio.

1) Se recomienda la instalación de una barrera física real (Vidrio, acrílico, etc.) entre personal de atención y el cliente. De no contar con esto se deberá respetar el distanciamiento mínimo de 1,5 metros entre dos personas.
2) El personal deberá higienizarse las manos luego de la atención a cada cliente.
3) En caso de que el pago se realice a través de tarjetas de crédito o débito, se deberán desinfectar tanto la tarjeta como el posnet utilizado con solución de agua y alcohol.
4) Lo comercios dispondrán de en sus sectores de ventas banners, audios o cualquier material de difusión para favorecer la prevención de covid-19.

MEDIDAS GENERALES DE PROTECCION AL TRABAJADOR

El empleador proveerá al personal obligatoriamente los siguientes insumos y elementos de protección:

– Alcohol en gel
– Barbijo social de tela
– Correcto funcionamiento de los sanitarios (agua, jabón líquido y toallas de papel)
– Rociador con alcohol y agua
– Lavandina
– Trapos de piso

II. Servicios Profesionales

Se entiende como servicio profesional, a la atención médica privada, ejercicio de la psicología, tratamientos de rehabilitación y terapéuticos, peluquerías y profesiones liberales.

MODALIDAD DE ATENCIÓN

Los prestadores de servicios profesionales sólo podrán atender mediante turnos, los que se otorgarán de forma tal que en ningún momento se encuentre más de un paciente en el establecimiento.
Los turnos no podrán se otorgados en forma presencial, debiendo los profesionales habilitar las vías telefónicas y/o electrónicas a tal efecto.
No se permitirá la atención por orden de llegada.

Protocolo para centros de salud

• Sector Exterior: Sector externo al establecimiento donde confluyen grupos humanos.

Dentro de la zona exterior las medidas a tomar serán las siguientes:
5) Desde la puerta de acceso se deberá formar fila respetando 1,5 metros de distancia entre personas.
6) Las distancias serán delimitadas en el piso por el establecimiento en la forma que el mismo establezca. La delimitación deberá respetar los límites de la fachada del establecimiento.
7) Se permitirá el ingreso sólo a quienes cuenten con turno, una vez que se haya retirado el paciente anterior del profesional.
8) No podrá ubicarse ni permanecer en este sector quien no cuente con protección naso bucal.

• Zona de control: Considerada una zona de amortiguación entre la zona exterior y la zona de atención.

Al situarse personal/clientes en esta zona se controlará y cumplirá con lo siguiente:

1. Dividir la zona de ingreso y egreso. Señalizar con cintas adhesivas u otro método
2. Se colocarán 2 trapos de piso con lavandina diluida en agua:

El primero será colocado del lado de afuera de la puerta de acceso al local. Quien ingrese deberá realizar la limpieza de los pies en el mismo.

El segundo, estará dentro del local. Nuevamente se deberá realizar la limpieza de pies y al mismo tiempo se proveerá de alcohol en gel que deberá estar en contacto con las manos como mínimo 20 segundos.

Los trapos de piso con lavandina se lavarán en promedio cada 8 a 10 clientes de transito continuo o cada 2 horas.

3. Los clientes o pacientes no podrán tocar la puerta de ingreso.
4. Limpiar las superficies con agua y lavandina.
5. Solo podrán ingresar aquellas personas que cuenten con protección naso bucal.
6. Se recomienda la instalación de una barrera física real (Vidrio, acrílico, etc) entre personal de atención y el cliente.
7. El personal deberá higienizarse las manos luego de la atención a cada persona.
8. Se recomienda no asistir con niños, salvo que la atención sea a ellos.

Zona de Atención: Espacio exclusivo del profesional:

1) Higienización de manos antes y después de la atención.
2) La atención se realizará con protección naso bucal tanto en el profesional como en el paciente.
3) Deberá desinfectar los equipos, elementos y/o instrumentos antes y después de cada atención.

MEDIDAS GENERALES DE PROTECCION AL TRABAJADOR

El profesional o el centro médico proveerá al personal obligatoriamente los siguientes insumos y elementos de protección:

– Alcohol en gel
– Barbijo.
– Correcto funcionamiento de los sanitarios (agua, jabón líquido y toallas de papel)
– Rociador con alcohol y agua
– Lavandina
– Trapos de piso

DETECCION DE UN CASO SOSPECHOSO EN UN ESTABLECIMIENTO

En un supuesto caso de que alguna persona sea considerada como caso sospechoso, por presentar síntomas como tos seca, fiebre de 37,5 °C o más, se realizará la denuncia epidemiológica al 0800888-4767 y se limpiarán las áreas donde circuló la persona con agua y lavandina y/o desinfectantes.

III. Oficios domiciliarios

Se entiende como oficio domiciliario a toda actividad llevada a cabo en casas de familias, habitadas o no, relacionadas con los rubros electricidad, plomería, carpintería, cerrajería, gasistas, mantenimiento de piscinas, vidriería, reparación de equipos de refrigeración, herrería, telefonía y afines.

MODALIDAD DE TRABAJO

Los prestadores deberán reducir al mínimo la concurrencia a los hogares de sus comitentes, procurando en lo posible realizar los trabajos de ensamblaje, corte, etc., en sus talleres, de manera tal de reducir el tiempo de trabajo en los domicilios.

En los casos de labores a realizarse en los domicilios, los prestadores podrán ser acompañados y asistidos por sólo un (1) ayudante.

En todos los casos, el ingreso a los domicilios se realizará previa desinfección de los materiales, herramientas, ropa, calzado y manos de los prestadores y con la utilización obligatoria de barbijos.

Los trabajos, acopio de materiales y herramientas se realizarán preferente en el exterior de los domicilios, ya sea en cocheras o jardines, limitando las entradas al hogar a lo mínimo indispensable.

El comitente deberá extremar las medidas higiénicas y de aislamiento social de sus familiares y demás convivientes, procurando impedirles la entrada a los ambientes donde circulen los prestadores durante la ejecución de sus tareas.

Una vez concluidas las tareas, tanto el comitente como el prestador deberán proceder a la desinfección de las zonas intervenidas y transitadas, mediante dilución de lavandina o cualquier otro desinfectante.

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