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03/03/2026
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San Jorge de Tucumán: resolución definitiva del tribunal de disciplina

El polémico partido entre San Jorge y Alvarado por el segundo ascenso al Nacional B, donde el conjunto tucumano, disconforme con los fallos arbitrales de Adrian Franklin, realizaron una sentada a los cinco minutos del segundo tiempo, tuvo un nuevo capítulo.

Hace una semana, el “Expreso” tuvo un primer fallo por el Tribunal de Disciplina del Consejo Federal con el descenso al Torneo Regional Amateur de la Asociación del Fútbol Argentino. Los jugadores tuvieron una sancíon de 8 fechas, mientras que el cuerpo técnico de 12.

Sin embargo, tras el descargo de varios de los sancionados y algunas investigaciones, el Tribunal de Disciplina Deportiva del Interior, en el boletín oficial Nº 43/19, sostuvo que existió el delito de coacción y falsedad ideológica del Club San Jorge con sus directivos.

Algunos jugadores se presentaron y, con declaraciones ante escribano público, afirmaron que el presidente Jorge Gastón Sáez y el vocal primero Marcelo Sáez los obligaron a realizar la sentada y retirarse de la cancha bajo amenazas de perder su trabajo.

En el segundo fallo se decidió aplicarles 1 año de suspensión a Marcelo y Jorge Sáez, basándose en los arts. 247 inc. 1 y 2, y 253 del RTP.

Por otra parte, se le revocaron las sanciones impuestas a los jugadores Roberto Nicolás Carrizo, Nicolás More, Claudio Alejandro Pérez, Rolando Roque Serrano, Albano Leonel Pavón, Ricardo Marcelo Tapia, Martín Nicolás Peralta, Emanuel Marcelo Cuevas y Carlos Maximiliano Núñez de 8 partidos de suspensión y sancionar a los mismos con 2 encuentros.

LA RESOLUCIÓN DEL TRIBUNAL DE DISCIPLINA DEPORTIVA DEL INTERIOR (EXPEDIENTE Nº 4306/19 y su acumulado Nº 4313/19):

1. Aplicar un año (1) de suspensión al Dirigente MARCELO SAEZ, DNI 22.180.573, miembro de la comisión directiva del Club S. y D. San Jorge Juniors, afiliado a la Liga Tucumana de Fútbol, conforme a los arts. 247 inc. 1 y 2, y 253 del RTP.

2. Revocar la sanción impuesta a los jugadores Roberto Nicolás CARRIZO, DNI nro 36.043.323, Cesar Nicolás MORE, DNI nro 34.356.794, Claudio Alejandro PEREZ, DNI nro 35.810.366, Rolando Roque SERRANO, DNI nro 34.357.417, Albano Leonel PAVON, DNI nro 37.585.552, Ricardo Marcelo TAPIA, DNI nro 33.703.717, Martín Nicolás PERALTA, DNI nro 40.357.926, Emanuel Marcelo CUEVAS, DNI nro 40.698.901 y Carlos Maximiliano NUÑEZ, DNI nro 40.534.445 (Club San Jorge), de ocho (8) partidos de suspensión publicada en B.O. 43/19 de fecha 27/06/2019, y sancionar a los mismos con la pena de dos (2) partidos de suspensión (arts. 40 y 287 inc. 5º del RTP).

3. Aplicar un año (1) de suspensión al dirigente GASTON SAEZ, DNI 35.287.195, Presidente del Club S. y D. San Jorge Juniors, afiliado a la Liga Tucumana de Fútbol, conforme a los arts. 246 incs. h y l, y 253 del RTP.

​4. Remitir copias de los documentos cuestionados cuyas firmas los jugadores Roberto CARRIZO, Cesar MORE y Rolando SERRANO denuncian no ser de sus puños y letras, a los Tribunales Ordinarios con competencia Criminal y Correccional de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, para su conocimiento y efectos.

5. Tener presente la resolución adoptada por la asamblea del Club S. y D. San Jorge Juniors, de renunciar a intervenir en el Torneo Federal Regional Amateur, con lo cual a partir de la próxima temporada deberá competir solamente en el ámbito de la Liga Tucumana de Fútbol y para participar en el futuro de las competencias que organice el Consejo Federal de Fútbol, deberá ganarse el derecho deportivo en la liga mencionada (arts. 32 y 33 del R.T.P.).

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