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04/03/2026
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La rectora suspendió a la ex directora de Construcciones Universitarias

La Resolución rectoral se mantendrá hasta tanto se cumplan los pasos procesales que garantizan el derecho a la legítima defensa de la agente sumariada.
La investigación encargada por la rectora Alicia Bardón puso en evidencia presuntas irregularidades en la contratación de tres importantes obras edilicias en la UNT y motivó que la titular de la casa de Juan B. Terán suspendiera, sin goce de haberes, a la ex directora de Construcciones Universitarias, la ingeniera Olga Cudmani.
En el sumario realizado por la Dirección de Asuntos Jurídicos de la UNT (Exp 1899/14) se presentaron las conclusiones en los que se determinaron los hechos que se consideran probados; se indicó quiénes son sus responsables y las sanciones disciplinarias que en cada caso corresponden. A partir de esta etapa, los imputados ejercerán su derecho de defensa con todas las pruebas y alegaciones que estimen convenientes, se explicó desde el área legal.
Esas conclusiones fueron giradas a la Sindicatura General de la Nación y a la Procuraduría de Investigaciones Administrativas de la Nación, en el mes de abril y los organismos de contralor remitieron informes en el mes de junio y agosto, respectivamente, avalando las conclusiones de la asesoría legal de la casa de altos estudios.
En tanto, la UNT recibió el pasado viernes 9 de septiembre, el informe de la Procuraduría de Investigaciones Administrativas (PRI) de la Nación en el cual se recomienda en primer término, la exoneración de Cudmani por las presuntas irregularidades detectadas en el uso de los recursos públicos en las tres obras universitarias investigadas: ampliación de la Facultad de Derecho; complejo de aulas en la Facultad de Filosofía y Letras y remodelación del local de ASUNT.
Este dictamen se suma a otro informe similar remitido a la UNT por la Sindicatura General de la Nación (SIGEN) del pasado 10 de junio. Es por ello que este lunes 12 de septiembre, se notificaron las resoluciones de los organismos nacionales al Juzgado Federal Nº 2 encargado de investigar los hechos que se ventilan en sede penal en la causa “Cerisola Juan y otros s/ malversación” Expte. n°400360/2010), en la que se encuentran procesados diversos funcionarios y ex funcionarios de la UNT, y en la cual la UNT se ha constituido como querellante, conforme lo dispuesto por el Honorable Consejo Superior.
La suspensión preventiva de la agente Cudmani está expresamente dispuesta en el art. 59 del Reglamento de Investigaciones Administrativas, que dispone: “Agente procesado: Cuando el proceso se hubiere originado en hechos del servicio o a él vinculados, podrá suspenderse al agente hasta la finalización del mismo a su respecto, sin perjuicio de la sanción que correspondiere en el orden administrativo”.
En tanto, la resolución rectoral de suspensión preventiva, se mantendrá hasta tanto se cumplan los pasos procesales que garantizan el derecho a la legítima defensa de la agente sumariada.
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