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04/03/2026
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San Miguel de Tucumán

Condenaron a la mujer que estafó a una inmobiliaria

La investigación estuvo a cargo de la Unidad Fiscal de Estafas, Usurpaciones y Cibercriminalidad I del MPF. Dos años de prisión de ejecución condicional para la femenina, de 30 años.

Por un hecho ocurrido en diciembre del año pasado, en perjuicio de una empresa inmobiliaria, una mujer (30 años) fue condenada por el delito de defraudación por administración infiel. A través de un juicio abreviado, el juez actuante homologó el acuerdo presentado. La Unidad Fiscal de Estafas, Usurpaciones y Cibercriminalidad I del MPF, a cargo de María del Carmen Reuter, consideró que se reunían los elementos necesarios para su condena (de dos años de prisión de ejecución condicional).
Al recordar las características del ilícito, la auxiliar de fiscal, María Paula Bellomio, dijo: “La acusada realizaba efectivamente desde el 2023 las tareas delegadas por la empresa manejando grandes sumas de dineros conferidas, teniendo total confianza por parte de sus superiores para el desarrollo de la tarea. Asimismo, tenía a su cargo la administración y el cuidado de los bienes pecuniarios conferidos por los clientes de la inmobiliaria, los cuales debía rendir a su supervisora con las correspondientes facturas y documentación respaldatoria. Admitió que utilizó este dinero en beneficio de un tercero (su padre) violando así sus deberes y obteniendo un lucro indebido, lo cual provocó un grave perjuicio en los intereses y el normal desenvolvimiento de la empresa. Esto quedó evidenciado también, por el arqueo de caja aportado por la querella, en donde se visualiza la discriminación operación por operación del faltante de dinero en comparación de lo cobrado con lo rendido”. A continuación, Bellomio destacó el trabajo de la investigadora Florencia Giménez.

El perjuicio

Entre las fechas 9 y 26 de diciembre del año pasado, la condenada, en su condición de encargada de cobranzas de alquileres de una empresa inmobiliaria, ubicada en calle San Lorenzo al 700 de San Miguel de Tucumán, con el conocimiento que tenía que realizar cobranzas de dineros que no le pertenecían y con la intención de generarse un lucro indebido y perjudicar económicamente a la empresa (al momento de cobrar alquileres y/o dineros de la misma, desde ese período) se quedó con la suma de $16.417.461,45, provocando de este modo un perjuicio patrimonial a la empresa damnificada.

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